Da 3 TR disposiciones legales en materia de igualdad
D.A. 3ª. Mujeres con especiales dificultades de inserción laboral o en situaciones marcadas por la desventaja social
La expresión mujeres con especiales dificultades de inserción laboral o en situaciones marcadas por la desventaja social utilizada en esta norma comprenderá, siempre como mínimo, a los efectos de esta norma y de sus desarrollos reglamentarios, a mujeres:
a) víctimas de violencia de género,
b) que desean abandonar la prostitución,
c) con hijos o hijas menores o personas dependientes exclusivamente a su cargo,
d) con una situación de paro de larga duración,
e) que sean mayores de cuarenta y cinco años,
f) perceptoras de la renta de inserción social,
g) afectadas de diversidad funcional,
h) pertenecientes a una etnia minoritaria,
i) que estuvieran privadas de libertad,
j) inmigrantes,
k) jóvenes en búsqueda del primero empleo,
l) transexuales o en proceso de reasignación sexual, y
m) extoxicómanas.
- Texto Original. Publicado el 17-02-2016 en vigor desde 18-02-2016