Da 3 Tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales
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»D.A. 3ª. Personal empleado público
Vigente
Las previsiones del presente decreto referidas a titulaciones, homologaciones, perfiles profesionales, condiciones de trabajo, régimen retributivo, acceso y ocupación de los puestos de trabajo, así como cualquier otro aspecto regulado por la normativa vigente en materia de función pública, no serán aplicables en los centros públicos de servicios sociales de gestión directa o por medios propios, ni al personal empleado público que preste servicios en ellos, que se regirán en estos aspectos por la normativa de función pública.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-03-2023 en vigor desde 23-03-2023