Da 3 tenencia ilegal de especies Pesca Marítima y Acuicultura
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»D.A. 3ª- Tenencia ilegal de especies.
Vigente
La tenencia de especies prohibidas o de talla o peso inferior a lo reglamentado por alguna persona en mercado, tienda, almacén, establecimiento u otro lugar, contenedor u objeto de análogas características, o por vendedor ambulante en cualquier sitio, se considerará posesión con fines de comercialización o venta, salvo prueba en contrario.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-04-2007 en vigor desde 12-06-2007