Da 3 Servicios sociales de La Rioja

Da 3 Servicios sociales de La Rioja

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 3ª. Datos de carácter personal.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Las Administraciones Públicas de La Rioja competentes en materia de servicios sociales podrán recabar los datos personales de sus usuarios que sean necesarios para el ejercicio de sus competencias. Dichos datos podrán hacer referencia a la salud, al origen y ambiente familiar y social, a características o condiciones personales, al desarrollo y resultados de su estancia e ingreso en los centros o servicios del sistema, así como a aquellas otras circunstancias cuyo conocimiento sea necesario para un adecuado servicio público.

2. Los usuarios y, en su caso, los padres, tutores o representantes legales, deberán colaborar en la obtención de la información a la que hace referencia este artículo. La incorporación de un usuario a un centro o servicio del sistema supondrá el consentimiento para el tratamiento de sus datos y, en su caso, la cesión de datos procedentes del centro o servicio en el que hubiera estado con anterioridad, en los términos establecidos en la legislación sobre protección de datos. En todo caso, la información a la que se refiere este apartado será la estrictamente necesaria para el ejercicio de sus competencias, no pudiendo tratarse con fines diferentes a este sin consentimiento expreso.

3. En el tratamiento de los datos del usuario se aplicarán normas técnicas y organizativas que garanticen su seguridad y confidencialidad. El personal que, en el ejercicio de sus funciones, acceda a datos personales y familiares o que afecten al honor e intimidad de los usuarios o sus familias quedará sujeto al deber de secreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2009 en vigor desde 17-01-2010