Da 3 Servicios sociales de C. La Mancha
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»D.A. 3ª. Sustitución de la fiscalización previa de las prestaciones de emergencia social por el control financiero permanente.
Vigente
Se sustituye la fiscalización previa de las prestaciones de emergencia social por el control financiero permanente a efectuar por la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 3ª (se añade)) por Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación. [2021/7728]
(DOCM de 30-06-2021) en vigor desde 01-07-2021 - Texto Original. Publicado el 31-12-2010 en vigor desde 01-07-2021