Da 3 residuos y suelos co...a circular

Da 3 residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular

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D.A. 3ª. Adopción de las mejores técnicas disponibles para el tratamiento de residuos municipales

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Tiempo de lectura: 2 min

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1. De acuerdo con aquello establecido en la disposición adicional undécima de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, sobre la necesidad de adaptación de los contratos y negocios jurídicos existentes a la entrada en vigor de la ley, con el fin de dar cumplimiento al mandato de aplicación de la mejor técnica disponible en las operaciones de gestión de residuos municipales, así como de los principios de autosuficiencia y proximidad, y con independencia de las previsiones del capítulo V del título II de la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de residuos de la Comunitat Valenciana, los proyectos de gestión de residuos aprobados o en tramitación a la entrada en vigor de esta ley pueden modificar las determinaciones de los planes zonales de residuos cuando su propósito sea adaptarse a las determinaciones de esta ley y su normativa de desarrollo, o a las determinaciones de la normativa básica estatal en materia de residuos y las disposiciones que la desarrollen.

2. Con este fin, las administraciones públicas valencianas con competencia para tramitar, aprobar o adjudicar los proyectos de gestión de residuos deben adoptar las medidas necesarias, ya sean técnicas, económicas o jurídicas, para adaptar los instrumentos de planificación y gestión de los residuos a la normativa vigente y a la aplicación de la mejor técnica disponible en cada momento.

3. Las medidas que se adopten en cumplimiento de los apartados 1 y 2 anteriores tratarán de conservar los negocios jurídicos preexistentes de acuerdo con la normativa que les sea de aplicación. En caso de imposibilidad, se debe proceder a la rescisión o revisión a la baja del negocio jurídico afectado, y pueden licitarse nuevos contratos adicionales a los anteriores para la ejecución de las actuaciones que cumplan las determinaciones de las normativas autonómica y estatal de forma que viabilice la continuidad y mejora continua del servicio público afectado. A tales efectos, es compatible que dentro del ámbito de un plan zonal trabajen varios operadores de gestión de residuos en aquellas materias y unidades técnicas que sean explotables de manera independiente.

4. La aplicación de las mejores técnicas disponibles para las operaciones de valorización de residuos es obligatoria desde el momento en que tales mejores técnicas disponibles son aprobadas por la Unión Europea mediante normativa de aplicación directa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-12-2022 en vigor desde 21-12-2022