Da 3 Residuos -Derogada-
D.A. 3ª. Illes Balears, Canarias, Ceuta y Melilla.
(DEROGADO)
Los respectivos planes nacionales de residuos establecerán medidas para financiar el transporte marítimo a la península, o entre islas, de los residuos generados en las Illes Balears, Canarias, Ceuta y Melilla, así como los demás costes derivados de la existencia de territorios extrapeninsulares o disgregados que impidan o hagan excesivamente costosa la valorización de los residuos en dichos territorios por razones territoriales, de economía de escala o de gestión ambientalmente correcta de los residuos.
Las anteriores medidas no alcanzarán al traslado a la península de los residuos de envases y envases usados puestos en el mercado a través de algún sistema integrado de gestión de residuos de envases y envases usados, que se regulará de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional cuarta de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.
- Modificación realizada por Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
(BOE de 29-07-2011) en vigor desde 30-07-2011 - Texto Original. Publicado el 22-04-1998 en vigor desde 30-07-2011