Da 3 Reglamento del IRPF

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D.A. 3ª. Movilización entre planes individuales de ahorro sistemático.

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En el supuesto de movilización total o parcial de la provisión matemática de un plan de ahorro sistemático a otro, se seguirá, en cuanto le sea de aplicación, lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 57 de este Reglamento, relativo a los planes de previsión asegurados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-08-2014 en vigor desde 09-08-2014