Da 3 Reglamento de Fundaciones

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D.A. 3ª. Fundaciones de las Universidades públicas andaluzas.

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Salvo que expresamente los Estatutos fundacionales establezcan un ámbito territorial distinto para el desarrollo de su actividad principal, se presumirá, salvo prueba en contrario, que las fundaciones constituidas exclusivamente por las universidades públicas andaluzas desarrollan principalmente sus actividades en Andalucía.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-03-2008 en vigor desde 24-03-2008