Da 3 Registro de Fundaciones
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D.A. 3ª. Entrada en funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía.

Vigente

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El Registro de Fundaciones de Andalucía entrará en funcionamiento a los tres meses de la entrada en vigor del presente Decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-11-2003 en vigor desde 27-11-2003