Da 3 Productos fertilizantes
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»D.A. 3ª. Reconocimiento mutuo.
Vigente
Conserva su validez el principio del mutuo reconocimiento extensivo a los productos legítimamente fabricados o comercializados en otros países de la Unión Europea, en los países firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y en los Estados que tengan un Acuerdo de Asociación Aduanera con la Unión Europea, de acuerdo con su propia normativa y acompañado de la correspondiente documentación acreditativa, previo a su puesta en el mercado español.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-07-2013 en vigor desde 11-07-2013