Da 3 Procedimientos de co...nicaciones

Da 3 Procedimientos de contratacion en los sectores del agua, energia, transportes y telecomunicaciones

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DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Entidades contratantes.

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Se entenderán como entidades contratantes a los efectos de esta Ley, con carácter enunciativo y no limitativo, las no recogidas en el artículo 2.2 que se enumeran a continuación:

  1. Entidades contratantes del sector de la producción, transporte o distribución de agua potable:

    • Entidades que producen o distribuyen agua en virtud de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y del Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

    • Canal de Isabel II, Ley 17/1984, de 20 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Madrid.

    • Aigües Ter-Llobregat, Ley 4/1990, de 9 de marzo, del Parlamento de Catalunya.

    • Consorcio de Aguas de Tarragona, Ley 18/1981, de 1 de julio, de Actuaciones en Tarragona en Materia de Aguas.

  2. Entidades contratantes del sector de la producción, transporte o distribución de electricidad:

    • Entidades encargadas de la producción, transporte o distribución de electricidad en virtud de lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

    • Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima.

  3. Entidades contratantes del sector del transporte o distribución de gas o combustible para calefacción:

  4. Entidades contratantes de prospección y extracción de petróleo o gas:

  5. Entidades contratantes del sector de la prospección y extracción de carbón u otros combustibles sólidos:

  6. Entidades contratantes del sector de los servicios de ferrocarriles:

    • Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE).

    • Ente público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF), salvo para los contratos sujetos a la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, según lo dispuesto en el artículo 160. cuatro de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Administrativas, Fiscales y del Orden Social.

    • Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE).

    • Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya (FGC).

    • Eusko Trenbideak (Bilbao).

    • Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana. (FGV).

    • Ferrocarriles de Mallorca.

  7. Entidades contratantes del sector de los servicios de ferrocarriles urbanos, tranvías, trolebuses o autobuses:

    • Entidades que prestan servicios públicos de transporte urbano con arreglo a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local y correspondiente legislación autonómica en su caso.

    • Entidades que prestan servicios públicos de transporte interurbano mediante autobuses, con arreglo a la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y correspondiente legislación autonómica en su caso.

    • Empresa Nacional de Transportes de viajeros por carretera (ENATCAR).

    • Entidades que prestan servicios públicos de autobuses con arreglo a la disposición transitoria tercera de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

  8. Entidades contratantes del sector de las instalaciones de aeropuertos:

    • Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. Estatuto aprobado por el Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, modificado parcialmente por los Reales Decretos 1993/1996, de 6 de septiembre, y 1711/1997, de 14 de noviembre.

  9. Entidades contratantes del sector de los puertos marítimos o fluviales u otras terminales:

    • Ente público Puertos del Estado y Autoridades Portuarias a que se refiere la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y demás Administraciones portuarias.

  10. Organismos contratantes del sector de las telecomunicaciones:

    • Telefónica de España, Sociedad Anónima.

    • Retevisión, Sociedad Anónima.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-1998 en vigor desde 01-01-1999