Da 3 Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros
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»D.A. 3ª. Transporte por cable.
Vigente
Las competencias en materia de transporte de personas por cable en estaciones de invierno o esquí se ejercerán por la Comunidad Autónoma de Andalucía con independencia de que las instalaciones se ubiquen en uno o más municipios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-05-2003 en vigor desde 28-05-2003