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Da 3 Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria

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D.A. 3ª. Declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación a efectos de su expropiación forzosa de determinadas actuaciones.

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1. Se entiende implícita la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación a efectos de su expropiación forzosa, en todos aquellos proyectos competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria que se refieran a la ejecución de sendas peatonales, carriles-bici, actuaciones de mejora de la infraestructura verde, actuaciones en materia hidráulica y en los cauces de los ríos de Cantabria y cualesquiera otros que fueran necesarios en ejecución de medidas compensatorias de carácter ambiental.

2. Asimismo, se entenderá implícita la necesidad de ocupación a efectos expropiatorios de los terrenos necesarios para la ejecución de todos aquellos proyectos de competencia municipal declarados de interés público o social por la mayoría absoluta del Pleno municipal a que se refiere el artículo 147.2 de esta Ley.

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