Da 3 Modificación de la Ley 14/2011, Ciencia, Tecnología e Innovación
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D.A. 3ª. Creación de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española».

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1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se autoriza la creación de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española», con carácter de agencia estatal, adscrita a los Ministerios de Ciencia e Innovación y de Defensa, que tendrá como fines generales, entre otros, el fomento, ejecución y desarrollo de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en el ámbito del espacio, la seguridad y defensa nacional, las operaciones en el ámbito ultraterrestre, las aplicaciones satelitales para el desarrollo de competencias departamentales, así como el uso de datos provistos por satélites, y el impacto tecnológico y económico de la industria asociada al diseño, construcción, operación y mantenimiento de los sistemas satelitales, la potenciación de la industria espacial nacional, la coordinación estatal e internacional de la política espacial española, con plena coordinación con la Agencia Espacial Europea y con las políticas y programas espaciales que se desarrollen en el ámbito de la Unión Europea y de las organizaciones internacionales de las que España es miembro, mediante la asignación competitiva y eficiente de los recursos públicos, el seguimiento de las actuaciones financiadas y de su impacto, y el asesoramiento en la planificación de las acciones o iniciativas a través de las que se instrumentan las políticas de I+D+I en el ámbito competencial de la Administración General del Estado.

2. La creación de la Agencia se realizará sin aumento de gasto público, y no se financiará con créditos del presupuesto financiero del Estado, salvo en los casos y con los límites que se establezcan mediante Ley de presupuestos generales del Estado.

3. El Gobierno aprobará, en el plazo máximo de un año, el estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española», en el que se garantizará la presencia equilibrada de los diferentes departamentos ministeriales con competencias en materia de ciencia, innovación, defensa, transportes y movilidad, información geoespacial, georreferenciación, telecomunicaciones, control medioambiental, seguridad, industria, agricultura y pesca, entre otros, en los órganos de gobierno de la misma.

4. Conforme al Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, por el que se establece el procedimiento para la determinación de las sedes físicas de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal y se crea la Comisión consultiva para la determinación de las sedes, la elección de las sedes se realizará siguiendo un procedimiento transparente, abierto y competitivo y conforme a los criterios de elección de cada sede publicados por la Comisión consultiva para la determinación de sedes y establecidos en función de las características de la entidad. Los criterios que informarán la elección de esta sede se determinarán atendiendo a los principios recogidos en el artículo 103.1 de la Constitución española y a los fijados en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, así como a los de vertebración territorial y adecuación al sector de actividad y a las características de la entidad. Estos criterios serán publicados por la Comisión consultiva una vez iniciado el procedimiento mediante acuerdo del Consejo de Ministros.

5. La Agencia elaborará una Estrategia Espacial Española, alineada con sus fines generales, que desarrolle una política espacial robusta y autónoma, así como el establecimiento de mecanismos para su seguimiento, implementación, evaluación y actualización, y será aprobada por el Gobierno.

6. El Gobierno fomentará la colaboración internacional para el desarrollo de la innovación en los nuevos usos del espacio ultraterrestre y el ejercicio seguro y sostenible de las actividades económicas relacionadas con el mismo.

7. En particular, el Gobierno promoverá que la localización de la Agencia Espacial Española se base, entre otros, en los principios de cohesión social y territorial, la mejora en el funcionamiento de los servicios públicos, los niveles de desempleo o la lucha contra la despoblación.