Da 3 Medidas fiscales y administrativas 2022 de Galicia
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D.A. 3ª. Adaptación del convenio del sistema público de gestión de la biomasa

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Tiempo de lectura: 2 min

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1. La consejería competente en materia forestal promoverá la adaptación a las modificaciones introducidas por esta ley del convenio de colaboración para el establecimiento de un sistema público de gestión de biomasa en las fajas secundarias, suscrito entre la Xunta de Galicia, la Federación Gallega de Municipios y Provincias y Seaga.

2. Una vez formalizado y publicado el convenio adaptado a esta ley, los ayuntamientos que deseen dejar de estar adheridos a él tendrán un plazo de dos meses para manifestarlo por escrito y desistir de su adhesión voluntaria, para lo cual deberán remitir comunicación a la consejería competente en materia forestal y a la Federación Gallega de Municipios y Provincias. En caso de que, transcurrido este plazo, no hayan realizado dicha comunicación, el convenio les será aplicable en todos sus términos.

3. Con independencia de la adaptación de dicho convenio que se realice de acuerdo con el número 1, desde el momento de la entrada en vigor de la presente disposición la consejería competente en materia forestal podrá acordar la asunción de las competencias previstas en el número 10 del artículo 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, previa aprobación por escrito del correspondiente ayuntamiento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2022 en vigor desde 01-01-2023