Da 3 Medidas Fiscales y Administrativas 2014 de Aragón
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»D.A. 3ª.- Personal de inspección en materia de certificación de eficiencia energética.
Vigente
1. La actividad inspectora que se realice en materia de certificación de eficiencia energética por el Departamento competente en esa materia se llevará a cabo por funcionarios de los Servicios Provinciales de dicho Departamento.
2. Los funcionarios públicos, en el ejercicio de las actividades inspectoras, tendrán el carácter de agentes de la autoridad y los hechos que constaten, formalizados en actas de inspección, gozan de la presunción de certeza a efectos probatorios.
3. A tales efectos, en el marco de las exigencias que establece el ordenamiento jurídico, estos agentes podrán realizar todas las actuaciones imprescindibles para comprobar y vigilar el cumplimiento de la certificación de eficiencia energética de edificios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2014 en vigor desde 01-01-2015