Da 3 medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 3ª. Deber de información a la Comisión Europea.
Vigente
A más tardar el 30 de septiembre de 2019, y posteriormente cada cuatro años, la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior proporcionará a la Comisión Europea un informe sobre la aplicación de este real decreto.