Da 3 Mediación familiar de C. León
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Registro de Mediadores Familiares.
Vigente
Para la constitución del Registro se creará un órgano administrativo en la Consejería competente en materia de mediación familiar, al que se dotará de los medios personales, económicos y materiales que sean necesarios para el desarrollo adecuado de sus funciones.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-04-2006 en vigor desde 19-10-2006