Da 3 Ley de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
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»D.A. 3ª. Cursos para conductores profesionales.
La realización de cursos de obligado cumplimiento por los conductores profesionales llevará aparejada la recuperación de hasta un máximo de cuatro puntos, en las condiciones que se determinen por orden del Ministro del Interior. Esta recuperación será compatible con la recuperación de los puntos obtenidos mediante la realización de un curso de sensibilización y reeducación vial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-10-2015 en vigor desde 31-01-2016