Da 3 Inspecciones generales de servicios de los departamentos ministeriales
D.A. 3ª. Funciones específicas de las inspecciones generales de los Ministerios de Fomento y de Medio Ambiente.
A las inspecciones generales de servicios de los Ministerios de Fomento y de Medio Ambiente les corresponden, además de las funciones establecidas en el capítulo II, las de análisis y control de la obra pública de competencia de sus respectivos departamentos, en sus aspectos técnico, funcional y administrativo. El régimen de selección de los inspectores asignados a las áreas funcionales de inspección técnica de las obras públicas será el previsto en la normativa general de la función pública para la provisión de puestos de trabajo.
(NOTA: Las referencias hechas en la presente disposición a la Inspección General de Servicios del Ministerio de Fomento para atribuirle las funciones de análisis y control de la obra pública de competencia del Departamento, en sus aspectos técnico, funcional y administrativo, se entenderán realizadas a la Subdirección General de Control de Calidad e Inspección Técnica)
- Artículo modificado por Real Decreto 250/2023, de 4 de abril, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
(BOE de 05-04-2023) en vigor desde 06-04-2023