Da 3 Impuesto sobre trans...cumentados

Da 3 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

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D.A. 3ª

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El apartado 1 del artículo 26 de la Norma Foral 16/1997, de 9 de junio, sobre régimen Fiscal de Cooperativas quedará redactado de la siguiente forma:

«1. En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, exención, por cualquiera de los conceptos que puedan ser de aplicación, salvo el gravamen previsto en el artículo 56.1 de la Norma Foral del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, respecto de los actos, contratos y operaciones siguientes:

a) Los actos de constitución, ampliación de capital, fusión y escisión.

b) La constitución y cancelación de préstamos, incluso los representados por obligaciones.

c) Las adquisiciones de bienes y derechos que se integren en el Fondo de Educación y Promoción para el cumplimiento de sus fines».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-04-2003 en vigor desde 01-05-2003