Da 3 establece el Título ...as mínimas

Da 3 establece el Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia y se fijan sus enseñanzas mínimas

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D.A. 3ª. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.

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1. El título de Técnico en Atención Sociosanitaria, establecido por el Real Decreto 496/2003, de 2 de mayo, tendrá los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia establecido en el presente real decreto.

2. La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.

3. La formación establecida en el presente real decreto en el módulo profesional de Apoyo domiciliario, garantiza el nivel de conocimiento necesario para posibilitar unas prácticas correctas de higiene y manipulación de alimentos, de acuerdo con la exigencia del artículo 4.6 del Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-12-2011 en vigor desde 16-12-2011