Da 3 dinamización de inve...ia pública

Da 3 dinamización de inversiones empresariales, libertad de mercado y eficiencia pública

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 3ª. Modificación del Decreto 27/1998, de 14 de mayo, sobre entidades colaboradoras en materia de calidad ambiental.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el artículo 10 del Decreto 27/1998, de 14 de mayo, sobre entidades colaboradoras en materia de calidad ambiental, quedando redactado como sigue:

"Artículo 10. Informes, certificaciones y responsabilidad

1. Las Entidades Colaboradoras están obligadas a facilitar a los órganos autonómicos competentes en Medio Ambiente los datos que estos le soliciten en relación al ejercicio de su actividad en el ámbito de la Región de Murcia, así como a los Ayuntamientos en el ámbito de sus competencias.

2. Las Entidades Colaboradoras son responsables de la exactitud y veracidad de las certificaciones e informes que realicen y tendrán garantizadas las responsabilidades civiles y administrativas que puedan derivarse de su intervención mediante la póliza de seguro a que se refiere el art. 5 del presente Decreto.

3. Las Entidades Colaboradoras, cuando actúen como asistentes de la Administración en el ejercicio de sus funciones de inspección y control, tienen el deber de mantener la confidencialidad de los datos referentes a las industrias y actividades sobre las que hayan tenido conocimiento en el desarrollo de su actividad".