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D.A. 3ª. Tramitación electrónica de los expedientes de contratación.

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La consejería competente en materia de hacienda implantará, como instrumento para el ejercicio de sus competencias sobre la contratación del sector público, un sistema informático para la planificación y gestión de la tramitación electrónica de los expedientes de contratación que lleven a cabo los órganos gestores de la contratación de la Junta de Extremadura y de sus organismos públicos u otras entidades vinculadas o dependientes que tengan la consideración de poder adjudicador, cuya utilización será obligatoria para los citados órganos a partir de la implantación efectiva del mismo, al objeto de garantizar los principios de homogeneidad, integridad y seguridad jurídica en la tramitación electrónica de dichos expedientes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019