Da 3 Condiciones de sanid...s animales

Da 3 Condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales

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D.A. 3ª. Ministerios de Defensa y del Interior.

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Los animales adscritos a los Ministerios de Defensa y del Interior y sus organismos públicos se regirán por su normativa específica, de conformidad con la disposición adicional tercera de la Ley 8/2003, de 24 de abril. Para todo aquello que no esté regulado en sus respectivas normativas, se aplicará lo establecido en el presente Decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-03-2012 en vigor desde 27-04-2012