Da 3 Caza de Aragón

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D.A. 3ª. Modificación competencial.

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Las competencias atribuidas en la presente ley al departamento competente en materia de caza o al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental podrán ser modificadas mediante decreto del Gobierno de Aragón.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2015 en vigor desde 14-04-2015