Da 3 Atribuciones en mate... autónomos

Da 3 Atribuciones en materia de personal de los órganos de la Administración y sus organismos autónomos

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D.A. 3ª. Competencias en materia de contratación temporal de personal.

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1. Además de las competencias señaladas en el artículo 8 del presente decreto foral, a los órganos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas que resulten competentes de acuerdo con la regulación de sus Estatutos, les competerá la aprobación, tramitación y resolución de las convocatorias relativas a la contratación temporal de personal para los centros propios dependientes de dicho organismo autónomo y para las secciones del mismo que ejerzan las competencias en materia de valoración de las situaciones de desprotección de menores y en materia de gestión de la guarda y ejecución de medidas judiciales en relación con menores, tanto en régimen administrativo como laboral, dentro de las previsiones presupuestarias existentes, así como la autorización y formalización de los correspondientes contratos, con sujeción a las instrucciones y procedimientos de seguimiento y control establecidos por el departamento competente en materia de función pública.

2. Las competencias en materia de contratación temporal de personal a que se refiere el apartado 1 anterior podrán ser asumidas, respecto de su personal, por los órganos del organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra que resulten competentes de acuerdo con la regulación de su estructura orgánica, cuando lo permita la disponibilidad de medios humanos y materiales.