Da 29 Presupuestos 2020 Murcia

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D.A. 29ª. Subvenciones o anticipos reintegrables.

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Durante el ejercicio 2020 ninguna de las unidades pertenecientes al sector público regional, referidas en el artículo 1 de la presente ley, podrá aprobar convocatorias -o acordar la concesión de forma directa- de subvenciones reintegrables, sin la previa autorización de la Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos, que no la otorgará si sus previsiones sobre disponibilidades líquidas del conjunto del sector no lo aconsejan.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-04-2020 en vigor desde 26-04-2020