Da 29 Presupuestos 2019 Murcia
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D.A. 29ª. Infraestructuras financiadas con fondos públicos y privados.

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Aquellas consejerías, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público, sociedades mercantiles regionales, fundaciones del sector público autonómico y consorcios adscritos a la Administración pública regional, que pretendan realizar un proyecto de inversión en infraestructuras públicas financiándolas a través de fórmulas de colaboración entre el sector público y el sector privado, deberán remitir al Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia un estudio de su viabilidad económico-financiera que contemple las proyecciones de ingresos, gastos y resultados, valorando la aportación total prevista de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la evaluación y reparto de los riesgos en cada fase del mismo. El Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia emitirá informe preceptivo sobre estos proyectos de inversión, y será vinculante en el caso de que emita informe desfavorable sobre la inversión en los términos propuestos.

Anualmente se remitirá a la Comisión de Economía, Hacienda y Presupuesto de la Asamblea Regional una relación comprensiva de todas las operaciones informadas por el Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia al amparo de lo dispuesto en el párrafo anterior.

Se faculta a la Consejería de Hacienda para regular el contenido mínimo del estudio de viabilidad económico-financiera a que se refiere esta disposición, estableciendo en su caso los modelos con la información que se deba remitir al Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019