Da 29 Medidas 2003 fiscales, administrativas y del orden social
Da 29 Medidas 2003 fiscal...den social

Da 29 Medidas 2003 fiscales, administrativas y del orden social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 29ª. Modificación del artículo 32 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El artículo 32 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 32. Actividades en el subsuelo marino. Las actividades objeto de este título que se realicen en el subsuelo del mar territorial y en los demás fondos marinos que estén bajo la soberanía nacional se regirán por esta ley, por la legislación vigente de costas, mar territorial, zona económica exclusiva y plataforma continental, y por los acuerdos y convenciones internacionales de los que el Reino de España sea parte.

Cuando se produzcan actividades en esos ámbitos, incidan o no en zonas terrestres, se requerirá informe previo de la comunidad autónoma afectada en el procedimiento de concesión de explotación de yacimientos y de almacenamientos subterráneos de hidrocarburos.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004