Da 28 Presupuestos 2012 Canarias

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D.A. 28ª.- Retención de créditos afectos a ingresos.

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Los créditos financiados de modo finalista, total o parcialmente, mediante aportaciones del Estado figurarán al inicio del ejercicio en situación de no disponibilidad.

La Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad podrá establecer la disponibilidad de estos créditos en función de que no estén cofinanciados mediante créditos para gastos correspondientes a programas o actuaciones que terminen en el ejercicio 2011 o para obligaciones que se extingan en el mismo año, la certeza de que la financiación se recibirá, la inevitabilidad de los compromisos legales o contractuales, o la gravedad de los perjuicios en que se incurriría, especialmente en las políticas de empleo. Para ello también se valorará el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y se podrán adoptar medidas compensatorias reteniendo otros créditos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 01-01-2012