Da 27 TR. Ley Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas -IRPF-
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 27ª.-Subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación del dividendo digital.
Vigente
(NOTA: con efectos a partir del 1 de enero de 2015)
No se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre Sociedades, las ayudas concedidas en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 920/2014, de 31 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación del dividendo digital.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 27ª (r?ºbrica y texto)) por LEY FORAL 23/2015, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(BON de 30-12-2015) en vigor desde 31-12-2015 - Artículo modificado por LEY FORAL 17/2009, de 23 de diciembre, de modificacion de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(BON de 29-12-2009) en vigor desde 01-01-2010