Da 26 TR Ley Impuesto sob...cas -IRPF-

Da 26 TR. Ley Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas -IRPF-

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D.A. 26ª.-Indemnizaciones percibidas por quienes colaboren en las estadísticas de respuesta obligatoria.

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(NOTA: con efectos a partir del 1 de enero de 2015)

No se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre Sociedades, las indemnizaciones percibidas por quienes colaboren en las estadísticas de respuesta obligatoria a que se refiere el artículo 23 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.

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