Da 23 TR. de la ley general de la seguridad social
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»D.A. 23ª. Competencias en materia de autorizaciones de gastos.
Vigente
Las competencias que corresponden al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en materia de autorizaciones de gastos serán ejercidas por el Ministerio de Sanidad y Consumo en relación con la gestión del Instituto Nacional de la Salud.
A su vez, y en relación con la gestión del Instituto Nacional de Servicios Sociales, corresponderán al Ministerio de Asuntos Sociales las competencias en materia de autorización de gastos de aquellas partidas que se financien con aportaciones finalistas del Presupuesto del Estado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-1994 en vigor desde 01-09-1994