Da 21 TR. Ley Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas -IRPF-
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»D.A. 21ª.-Tributación de determinados contratos de seguro de vida en los que el tomador asuma el riesgo de la inversión.
Vigente
Los contratos de seguro de vida en los que el tomador asuma el riesgo de la inversión, concertados con anterioridad a 1 de enero del año 2000, que no se hubieran adaptado a lo establecido en el artículo 32.3 de la Ley Foral 22/1998, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su redacción vigente al día 1 de enero de 2000, tributarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 78.3 de esta Ley Foral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-06-2008 en vigor desde 01-07-2008