Da 21 Empleo Público Vasco
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»D.A. 21ª. Personal no homologado.
Vigente
Con fecha de efectos del día de entrada en vigor de esta ley se procederá a la plena homologación, a los efectos de retribuciones y jornada, del personal no homologado al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.