Da 20 Medidas tributarias y administrativas 2003 I. Balears
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»D.A. 20ª.
Vigente
1. Todas las referencias al Departamento Jurídico de la comunidad autónoma contenidas en la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, o en cualquier otra norma en vigor, deberán entenderse realizadas a la Abogacía de la comunidad autónoma.
2. Todas las referencias contenidas en la Ley 5/2003, de 24 de abril, de Salud de las Illes Balears, al director general del Servicio de Salud deberán entenderse realizadas al director general o al órgano de dirección del Servicio de Salud.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2003 en vigor desde 01-01-2004