Da 2 Vivienda de Galicia

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DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. De los negocios del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo con las entidades declaradas como medio propio.

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El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo podrá celebrar negocios jurídicos destinados a la creación y desarrollo de suelo residencial o empresarial con las entidades declaradas como medio propio instrumental y servicio técnico de la Comunidad Autónoma, y podrán establecerse como medio de pago de estos parcelas lucrativas tanto en el ámbito del suelo a desarrollar como en otro distinto, siempre que se encuentre dentro de la misma provincia en la que se realice la actuación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-07-2012 en vigor desde 13-08-2012