Da 2 TR. del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas
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»D.A. 2ª.
Vigente
A efectos del cálculo de retribuciones se tomará como base el sueldo inicial correspondiente al nivel E, cuyo importe será el que se determine para cada año en la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-09-1993 en vigor desde 01-09-1993