Da 2 Servicios Sociales de Euskadi

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D.A. 2ª. Plan Estratégico de Servicios Sociales.

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El Gobierno Vasco procederá, en el plazo de un año a contar de la fecha de entrada en vigor de la presente ley, a la elaboración y aprobación del Plan Estratégico de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma del País Vasco regulado en el artículo 35, que incluirá el Mapa de Servicios Sociales regulado en el artículo 36.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2008 en vigor desde 25-12-2008