Da 2 Servicios de auxilio en las vías públicas
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»D.A. 2ª. Vehículos inscritos en el Registro de Vehículos.
Vigente
Todos aquellos vehículos que se encuentren registrados con la anterior clasificación en el Registro de Vehículos a la entrada en vigor de este real decreto, pasarán a formar parte del Registro Estatal de Auxilio en Vías Públicas de forma automática.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-03-2021 en vigor desde 01-07-2021