Da 2 Renta Mínima de Inserción Social

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D.A. 2ª. Adecuación de los recursos.

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1. Para hacer efectivo el presente Decreto-ley, las Administraciones competentes en el desarrollo del mismo deberán arbitrar los medios humanos y materiales necesarios. Por la Consejería competente en materia de servicios sociales se llevará a cabo el estudio de las estructuras territoriales existentes en materia de personal a fin de adecuarlas a las nuevas necesidades.

2. Se habilita a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para llevar a cabo las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo y de las plantillas presupuestarias necesarias para adecuarlas a la nueva estructura que resulte de este Decreto-ley.

3. A fin de lograr una mayor agilidad, las diferentes Administraciones Públicas implicadas en el desarrollo de este Decreto-ley deberán utilizar las herramientas informáticas que, desde la Consejería competente en materia de servicios sociales, se habiliten para ello.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-12-2017 en vigor desde 01-01-2018