Da 2 Renta de inclusión
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D.A. 2ª. Personas perceptoras de la renta garantizada de ciudadanía a la entrada en vigor de la ley

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Los titulares que, a la entrada en vigor de la presente ley, estén percibiendo la renta garantizada de ciudadanía deberán esperar a la finalización del plazo de concesión de la misma antes de proceder a solicitar la renta valenciana de inclusión.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-12-2017 en vigor desde 22-04-2018