Da 2 Reglamento del Consejo de Ordenación del Territorio
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»D.A. 2ª. Medios
Vigente
El Departamento competente en materia de ordenación del territorio, al que se adscribe el Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, proporcionará a dicho órgano los medios personales, técnicos, económicos y materiales que sean necesarios para el adecuado ejercicio de sus funciones.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2010 en vigor desde 21-07-2010