Da 2 Régimen jurídico de cooperación entre Generalitat y administraciones locales para obras en centros públicos docentes
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»D.A. 2ª. De la colaboración a través de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias
Vigente
Al objeto de facilitar la eficacia del plan de cooperación se podrá recabar la colaboración de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias. Dicha colaboración se articulará mediante la firma del correspondiente convenio, que podrá dotarse hasta un importe máximo equivalente al 0,1 % del coste del programa o plan.
Dicha colaboración tendrá por finalidad la promoción, difusión y asesoramiento a municipios en el desarrollo del presente decreto ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-10-2017 en vigor desde 27-10-2017