Da 2 Reforma del sistema de apoyo financiero a la internacionalizacion de la empresa española
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»D.A. 2ª. Transferencia de operaciones.
Vigente
En el momento de la entrada en vigor de esta Ley, quedarán transferidas al FIEM el conjunto de operaciones y propuestas que son iniciativa del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio con cargo al FAD y que, en el momento de la entrada en vigor de esta Ley, se encuentren en tramitación. Igualmente se transferirán las líneas de crédito aprobadas por el Consejo de Ministros con cargo al FAD a iniciativa de dicho Departamento y pendientes de utilización, así como las obligaciones de pago no formalizadas que se deriven de operaciones aprobadas con cargo al FAD a iniciativa de dicho Ministerio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2010 en vigor desde 30-06-2010