Da 2 Programa de tratamiento a familias con menores en situación de riesgo
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»D.A. 2ª. Incremento en el número y composición de los equipos.
Vigente
Por orden de la Consejería con competencias en materia de infancia, valorada la necesidad y oportunidad, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y previo informe del centro directivo competente en materia de presupuestos, se podrá incrementar de manera general para todas las entidades locales a las que se refiere el artículo 2.1, el número y composición de los equipos de tratamiento familiar de Andalucía establecido en el artículo 6.2, apartados a) y b).