Da 2 Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema
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»D.A. 2ª.-Solicitudes de personas con plaza residencial, centro de día o ayuda en el hogar concedida.
Vigente
En el caso de solicitudes de personas que tengan plaza residencial, de centro de día o ayuda en el hogar en servicios de la Xunta de Galicia, de las entidades locales, tanto en centros de gestión propia como de gestión indirecta o concertada, será responsabilidad de la persona que ostente la dirección del centro o la coordinación del servicio de ayuda en el hogar el remitir la solicitud, a instancia del interesado, al trabajador social de los servicios sociales comunitarios del domicilio del interesado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-02-2010 en vigor desde 20-02-2010