Da 2 procedimiento para e...scapacidad

Da 2 procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad

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D.A. 2ª. Determinación de las especiales circunstancias para la valoración del grado de discapacidad por medios no presenciales o telemáticos.

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En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este real decreto en el «Boletín Oficial del Estado, la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad elaborará la relación de circunstancias especiales que puedan dar lugar a la valoración del grado de discapacidad por medios no presenciales o telemáticos

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  • Texto Original. Publicado el 20-10-2022 en vigor desde 20-04-2023